El certificado de retenciones de los autónomos

Seguro que lo de “certificado de retenciones” te suena de cuando trabajaste por cuenta ajena, o, si nunca lo has hecho, lo mismo ni te suena. Pues bien, si eres autónomo y emites facturas con retención este post te interesa muy mucho…

¿Qué es el certificado de retenciones para autónomos?

Es un certificado en el que tu cliente te informa del total de las bases imponibles de las facturas que ha recibido de ti y las retenciones que llevaban dichas facturas y que, por tanto, ha ingresado a Hacienda.

¿Por qué tengo que pedir este certificado a mis clientes?

Porque las retenciones de tus facturas, que no cobras cuando te pagan, porque tu cliente lo ingresa a Hacienda, tú las recuperas en la declaración de la renta. Por ello tienes que certificar que tu cliente ha hecho lo correcto y las ha ingresado. Tranquilo, ahora te cuento que pasa si no es así, que sé que ya lo estás pensando… 😉

¿qué tengo que hacer cuando me lo manden?

Tendrás que puntear las retenciones de las facturas emitidas de cada cliente con el certificado de retenciones que te remitan (te adjunto un modelo de certificado para que te hagas una idea de lo que te tienen que mandar). Debería de cuadrar al céntimo.

¿Qué pasa si no me lo mandan?

Es obligatorio, como las empresas a sus trabajadores, enviarlo a sus proveedores (que eres tú en este caso), pero sí que es cierto que mucha gente no sabe ni que este documento existe, así que, insiste, al menos, hasta que llegue el período de renta (abril), pero aun así, si no te lo mandan, no pasa nada, porque en los datos fiscales de la renta se ve también si las han ingresado y cuanto han ingresado.

Llega la renta y vemos que en los datos fiscales no cuadran las retenciones que ha declarado el cliente con las mias, o ¡ni salen! ¿qué pasa, las he perdido?

No, no las pierdes. El pedir el certificado es solicitar a tu cliente una “declaración fehaciente” de que efectivamente ha ingresado estas retenciones, como una validación. Pero, si no las ha ingresado, o no todas, lo importante para ti es que esas facturas las tengas cobradas en el ejercicio en el que las has emitido, porque la obligación de ingresar la retención por parte de tu cliente nace cuando te paga la factura. Por lo que si una factura, por ejemplo, de diciembre, te la ha pagado en enero, él ingresará esa retención posiblemente en el trimestre del año N+1, así que tu ya la cobrarías en la renta presentada en el ejercicio siguiente (un rollo, pero es así). Lo que pasa que en la renta de ese año, en el que has emitido la factura, pero tu cliente no la ha ingresado, habrá que hacer un ajuste (indicando el ingreso de la factura, porque está emitida, pero no la retención). Por lo tanto, preocúpate de conservar los justificantes de cobro de las facturas siempre, sobre todo si lo haces en efectivo (si lo haces por transferencia o por vías electrónicas no hay problema, porque siempre se puede sacar justificante).

Así que, querido autónomo sufridor, te toca hacer trabajo de chinos y pedir a todos tus clientes el certificado de retenciones 🙂

¿Alguna duda? Te respondo en comentarios!!!

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Comentarios (2)

Siendo autónomo, me declaran unas retenciones del ejercicio 2019, después de hacer la renta y las incluyen en el año 2019. ¿Puedo solucionarlo haciendo complementaria?

Ana - Consultoria Blogger

Si esa factura, correspondiente a esas retenciones, la cobraste en el ejercicio 2019, tendrías que haberlas incluido en renta 2019, puesto que la factura estaba cobrada.
Si no lo hiciste (por desconocimiento) y ahora tu cliente ha hecho complementaria de 111/190 2019 para declararlas en ese ejercicio (y tu no has metido esas retenciones ni en 2019 o 2020), si, podrás hacer complementaria de 2019 para recuperarlas. Pero recuerda para proximas veces, si tienes la factura cobrada antes del 31.12 (de 2019 en el caso que consultas) puedes meterlas en la renta de ese año, aunque tu cliente no las haya ingresado (es error suyo, no tuyo). Un saludo.