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En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉
Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.
¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?
Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:
- Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
- Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
- Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.
El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.
Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.
Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?
Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.
Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.
¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?
No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.
¿Cuánto me van a dar de ayuda?
La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).
El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?
Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.
¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?
Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.
¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?
Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.
¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?
Solo se podrá incluir como gasto:
1. Inscripciones y matrículas.
2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)
3. Gastos de comedor.
Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.
Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.
Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.
El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).
No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.
Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.
















HOLA BUENAS TARDES… Y GRACIAS POR LA INFO… PERO MI PREGUNTA EN ESTE MOMENTO ES COMO VA A FUNCIONARA PARA EL EJERCICIO 2019…. DE LA MISMA FORMA…. YA TENEMOS UN MODELO BORRADOR…. DONDE SE PUEDE VISUALIZAR….
ME GUSTARIA TENER ESTA INFORMACION… DE CARA A PREPARAR DICHA DOCUMENTACION… EL AÑO PASADO ME PILLO SIN CONOCER … ME TOCO CORRER MUCHO…
GRACIAS
Para la renta de 2019, que se presentará desde abril de 2020, el sistema es el mismo. No ha cambiado nada a día de hoy.
Hola!
Mi duda es, si ya he solicitado la ayuda de los 100€ al mes (en lugar de los 1200€ en la renta). Esta ayuda de la que estás hablando es diferente? Mi niño va a la guarde desde septiembre. ¿Tengo derecho a solicitar alguna otra ayuda?
Muchas gracias!
La ayuda de la guardería se cobra en renta, no se puede pedir anticipadamente y, para cobrarla, además de que tú estés trabajando y que el niño vaya a jornada completa a la guarde, el centro tiene que ser autorizado. A nivel estatal, para guarderias no hay mas ayudas. Ya habría que ver según tu comunidad autónoma si hay algo extra para la renta. Cuenta conmigo este año si quieres que lo comprobemos 😉
Buenas tardes!
Lo primero muchas gracias por tu blog, es de mucha utilidad.
Mi duda es la siguiente: Mi bebé va a una guardería pública, en principio en la declaración de la Renta 2019 (abril 2020) me deberían devolver los gastos de la Escuela Infantil hasta 1.000 euros. La pregunta es: Nos dieron en mayo una beca de 300. Se descontará de los 1000 euros? Sigue siguiendo posible acceder a esta deducción?
Muchas gracias!
Un saludo.
Las becas y subvenciones se descuentan, sí. De momento la ayuda sigue vigente
Hola, mi consulta es que he obtenido la beca de los 100 €, pero me he reducido la jornada, al año que viene si la vuelvo al solicitar ¿me la van a denegar??
Saludos,
Los 100€ de madre trabajadora te los dan siempre que cotices mas de esos 100€ al mes, independientemente de la jornada que tengas.
Si, claro, mientras sean centros autorizados están dentro de la ayuda estatal
Hola! Enhorabuena por el artículo. Mi duda es la siguiente. Mi hijo va a la guardería y en la renta 2018 a mi mujer le han aplicado la deducción proporcional al curso 2018.19. Ahora mi empresa ha sacado una ayudas de acción social para niñ@s de infantil, ¿es compatible esta ayuda a la hora de hacer la renta 2019? Un saludo
Hola Ana. En la guardería me han comentado que los gastos que no pueden ser comunicados a hacienda mediate modelo 233 no se pueden abonar mediante ticket guardería (retribución flexible), como puedan ser los gastos de material, uniformes, etc.
Me queda la duda de si la restricción es en el método de pago en sí (ya que mi empresa sí me permite incluir otros gastos), o si podría pagar por el total con tickets y es la guardería la que debería restar las cantidades abonadas por conceptos que no se pueden recoger dentro del modelo 233.
La guardería declarará como ha cobrado las mensualidades, si hay cheque guardería o subvenciones, lo restará del resto abonado por el contribuyente
Hola,
Estoy en un dilema, que vale la pena, cheque guardería de la empresa o la deducción de la renta?
Saludos.
Depende de los ingresos. El cheque guardería es una retribución en especie que tributa en renta.
Buenos días…una pregunta si yo no hago la declaración de la renta me puedo beneficiar del cheque guarderia gracias
No, tienes que presentar la declaración (aunque no estés obligada) para cobrar la ayuda.
Vamos a llevar a nuestra hija a la guardería y queríamos saber si pagamos 1000 euros y el resto en ticket guardería si tenemos derecho a que mi mujer pida la ayuda de los 1000 euros y yo me beneficie de la diferencia de la tributación de los tickets guardería o es incompatible aún pagando parte sin tickets?
La ayuda solo la puede cobrar ella, no se cede al cónyuge. Va ligada a que ella esté en activo. Si el total de la asistencia al centro se paga con cheque guardería no se tiene derecho a la ayuda
No me he explicado bien, si pagamos durante un año natural 1000€ desde nuestra cuenta y el resto del importe anual en tickets guardería mi mujer se beneficiaria de la ayuda de los 1000€ y del resto de la desgravación fiscal por tickets no? En la guardería nos dicen que en la declaración que han hecho otros padres este año, correspondiente al ejercicio 2018, les han aplicado los 1000€ de ayuda todo y que pagaron la totalidad de las mensualidades en tickets, dicen que al rellenar el formulario 233 no diferencia y la guardería pone el total pagado sin diferenciar, entiendo que la guardería debería diferenciarlo o el contribuyente debería restar lo pagado con tickets para no exponerse a una complementaria y posterior sanción. Lo que no entiendo es que no sea automático
Hola Ana,
Si no estamos casados, entiendo que para recibir la ayuda solo lo puede presentar mi novia.
Por otra parte, tenemos retribución flexible,si una parte la paga la empresa con la retribución y otra la pagamos nosotros, ¿esta segunda parte la podemos desgravar?
En caso de que no, como pagamos también la comida y la merienda, entiendo que esta parte si la podemos pagar nosotros , concretamente mi novia y así cumplir los requisitos de la ayuda. Y yo pagar la cuota mensual por la estancia en la guardería con mi retribución flexible.
Muchísimas gracias por toda la ayuda
Hola Manuel, la ayuda es exclusiva de la madre, por lo que da igual el régimen matrimonial. La parte que pagueis vosotros si podeis declararla para la ayuda, la parte que paga la empresa no.
Hola Ana,
Entiendo entonces que si yo pago una cantidad de la cuota mensual de la guardería con retribución flexible y mi novia paga el restante sin acogerse a la retribución flexible, esa parte que ella paga si que la puede desgravar.
¿Es Correcto?
Un saludo y muchas gracias por la ayuda que nos estáis brindando a tod@s