Índice del contenido
El pasado 3 de febrero la Xunta de Galicia publicó una buena tanda de ayudas para autónomos bastante interesantes. Te cuento en este post todas las que pueden interesarte y te digo como solicitarlas.
Ayudas para la conciliación por maternidad o paternidad deL AUTÓNOMO
Esta ayuda consiste en la contratación de un trabajador para que sustituya al autónomo/a tras su descanso de la baja maternal/paternal.
El período máximo de contratación de esa persona es de un año.
También se subvencionarán los gastos de guardería de ese año en cuestión.
Tipos de bonos:
Bono Concilia
Para la contratación de un trabajador durante un mínimo de 6 meses y un máximo de un año después del descanso de la baja maternal/paternal del autónomo (la contratación se hará máximo en los 15 días siguientes a la finalización del descanso).
Contrataciones entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.
El importe de este bono es de 500 euros por cada mes completo que tengamos en nómina al trabajador. Si se hace contratación a tiempo parcial, se subvencionará la parte proporcional.
Bono Guardería
Se subvencionará el 75% del coste de guardería hasta un máximo de 3.000€ para aquellas personas que también sean beneficiarias del bono concilia.
Plazo de solicitud:
Del 04 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.
Más info y como solicitarla:
http://oficinadoautonomo.gal/es/portfolio/3887
AYUDAS PROMOCIÓN EMPLEO AUTÓNOMO
Para autónomos que se dieran de alta entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.
La cuantía va desde los 2.000 euros hasta los 9.000, según condiciones (mujeres, minusvalías, etc).
Plazo de solicitud:
Del 04 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.
Más info y como solicitarla:
http://oficinadoautonomo.gal/es/portfolio/3893
bono autónomo 2020
Subvención de hasta un 80% hasta 3.000 euros en un pago anticipado para gastos por parte del autónomo relacionados con:
Línea 1
- Investigación de mercado
- Plan de márketing
- Plan de comunicación del negocio
- Plan estratégico del negocio
- Plan crecimiento: constitución sociedad
- Plan de reorientación del negocio
- Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio
- Plan de refinanciación
- Otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad.
Línea 2:
- Compra de maquinaria
- Compra de útiles y herramientas
- Reforma del local del negocio
- Equipos informáticos
- Rótulos
- Mobiliario
- Aplicaciones informáticas y páginas web
- Creación logotipo del negocio.
Se pueden solicitar subvenciones por ambas líneas, pero el coste subvencionable no superará los 3.000 euros.
Para obtener estas ayudas hay que estar dado de alta como autónomo por un plazo superior a 42 meses y tener un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año 2018.
Plazo de solicitud:
Del 04 de febrero de 2020 hasta el 03 de marzo de 2020.
Más info y como solicitarla:
http://oficinadoautonomo.gal/es/portfolio/3885
bono nueva oportunidad para autónomos
La ayuda establecida en este programa consistirá en:
a) Bono apoyo: se concederá una ayuda de 6.000 euros a las personas que hubieran estado inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo antes de la fecha de solicitud o de la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional para personas que se dieron de alta antes de la entrada en vigor de la orden.
b) Bono formación: la persona beneficiaria recibirá una ayuda de hasta 6.000 euros para realizar un mínimo de 70 horas de formación en las siguientes materias: formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender y así se justifique. Esta formación podrá ser impartida por entidades públicas o privadas y deberá estar finalizada en el plazo comprendido de tres meses antes del alta hasta el 31 de octubre de 2020.
La ayuda máxima total será de 12.000€.
Serán personas beneficiarias de las ayudas de este programa las personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional en el período de 1 de enero de 2020 a 30 de septiembre de 2020 y habían cesado con anterioridad en su actividad causando baja en la seguridad social o en la mutualidad correspondiente y en el impuesto de actividades económicas (IAE) por causas económicas y que cumplan los demás requisitos en la fecha de la solicitud o fecha de inicio de actividad según el modelo 036 o 037 para las personas que ya se habían dado de alta antes de la solicitud.
Plazo de solicitud:
Del 04 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.
Más info y como solicitarla:
http://oficinadoautonomo.gal/es/portfolio/3881
Recuerda que en Consultoría Blogger podemos ayudarte a tramitar tus subvenciones. Escríbenos a info@consultoriablogger.com.