Mod. 233 Ayuda por gastos de guardería de 1.000 euros

En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉

Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.

¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?

Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:

  1. Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
  2. Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
  3. Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.

El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.

Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.

Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?

Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.

Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.

¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?

No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.

¿Cuánto me van a dar de ayuda?

La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).

El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?

Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.

¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?

Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.

¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?

Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.

¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?

Solo se podrá incluir como gasto:

1. Inscripciones y matrículas.

2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)

3. Gastos de comedor.

Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.

Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.

Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.

El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).

No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.

 

Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.

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Comentarios (369)

Hola! Gracias por la informacion. Tengo una duda. Mi hijo nacio en 2014. En octubre de 2018 ha cumplido 4 años. Podria beneficiarme desde enero a octubre que tenia 3 años?gracias

Puedes beneficiarte si ha estado incluso hasta diciembre. Puesto que entiendo que no entró en cole público en septiembre no? Si permaneció en la guarde hasta diciembre, a pesar de tener ya 4 años, también están incluidos esos meses

MERCEDES AUÑÓN VILLAR

Buenas tardes!!! tras llamar a la guardería me comunican que ellos no tienen que hacer nada, que es la delegación la que vuelca los datos a través de PASEN, junta de Andalucía. es así?

Puede ser, sí, las guardes públicas se gestionan de forma diferente que una empresa o cooperativa se enseñanza

Hola buenas tardes tengo una duda. Soy extranjera, tengo a mi hijo en la guardería pero mi estatus legal está en trámite, ya tengo el resguardo de extranjería y tengo contrato de trabajo. Puedo yo solicitar la ayuda?

Si, por tu situación, puedes presentar renta de 2018, si, si no, no. Entiendo por lo que dices que aun no eres ciudadana española, si no es asi, no podrás presentar renta, por lo que tampoco tendrás derecho a la ayuda.

Hola buenas mi duda es mi hijo esta dsd septiembre de 2018 en guardería privada y nos gustaría cambiarlo a una pública pero me habían comentado q con esta nueva ley q degraba x guardería al meterlo en la pública perdería los 100 q cobro x madre trabajadora es cierto?

No tiene nada que ver. Una cosa es la ayuda de madre trabajadora, de 100€/mes que se cobra mientras se esté efectivamente trabajando y el niño tenga menos de 3 años. Y otra cosa es la ayuda de la guarderia, que es nueva este año y que va ligada a ser madre en activo. Si el niño tiene menos de 3 años y lo metes a cualquier tipo de guarde autorizada, y estas trabajando, tendras derecho a ambas ayudas.

Hola he empezado a llevar a mi hija este mes a una guardería CAI y mi mujer trabaja con lo cual estamos cobrando los 100€ al mes, se declararía en la renta pero ya del 2020? Gracias

Si, como ha entrado en 2019 a la guarde, si la ayuda sigue vigente para el año que viene, cobrareis la ayuda mientras la madre siga en activo, en la renta que se presentará en 2020, correspondiente a 2019.

Hola soy madre trabajadora pero no estoy obligada a hacer la declaración de la renta. También me corresponde la ayuda? Gracias

Si cumples el resto de los requisitos si, para cobrarla tendras que presentar la renta obligatoriamente.

Hola, tengo unas cuantas dudas. Yo soy madre trabajadora y estoy recibiendo la ayuda hasta que mi hija cumpla los tres. Va a una guardería privada. En 2018 ha ido desde septiembre a diciembre. Este mes de enero en 2019 ya no va. Mi pregunta es, si de los 1000 euros solo recibo la parte proporcional a los meses que ha ido mi hija a la guardería? o si mi hija continuase la guarderia hasta junio de 2019 serían los 1000 íntegros. En ese caso, si mi hija cumpliese los 3 años en junio, hasta cuándo sigo recibiendo la ayuda? Hasta junio o septiembre cuando empieza el colegio. De lo contrario se vería afectado dar de baja en la guardería ?

La ayuda es por año natural. En 2018 tienes derecho a 4 meses. Por lo que en renta se prorratearan los 1000€ acorde a esos 4 meses. Si la niña va de ene a jun de 2019 a la guarde, lo mismo.

Yo tengo una duda, soy madre trabajadora y mi hija de dos años fue 11 meses a la guarderia en 2018 pero me la subvenciono la junta no tuve gastos ninguno. En ese caso yo no puedo solicitarla no?? Gracias

No, porque realmente no pagaste guarde, ya está subvencionada.

Buenas tardes,
Soy madre trabajadora y durante todo el año 2018 mi hijo ha ido aún centro infantil privado. Este centro infantil me dice que ellos no están obligados a presentar el modelo 233, por qué?, en qué se basan?. Yo pagaba 305 por mensualidad. Gracias

Si te han dicho eso entiendo que es porque no seran un CAI autorizado, como pasa con las ludotecas.

Mi duda es, no estoy obligada a hacer declaración, también tengo derecho a esta ayuda? Gracias

Si cumples los requisitos si. Para poder cobrarla tendrás que hacerla, si no no podrás percibirla.