Mod. 233 Ayuda por gastos de guardería de 1.000 euros

En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉

Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.

¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?

Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:

  1. Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
  2. Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
  3. Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.

El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.

Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.

Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?

Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.

Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.

¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?

No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.

¿Cuánto me van a dar de ayuda?

La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).

El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?

Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.

¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?

Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.

¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?

Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.

¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?

Solo se podrá incluir como gasto:

1. Inscripciones y matrículas.

2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)

3. Gastos de comedor.

Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.

Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.

Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.

El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).

No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.

 

Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.

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Comentarios (369)

Buenos días. Yo quiero preguntar si hay guardería excluidas en esta ayuda, ya que la que yo pago por mi hija me ha comentado que no puede solicitar la ayuda porque es privada y no está registrada en la Consejería de educación de Extremadura. Esto es correcto? Y aunque sea privada, debería estar inscrita digo yo????Gracias

El requisito es que sean centro autorizado. Las privadas, si lo solicitan, pueden serlo. Es algo que se solicita a la Consejería de educación.

Hola Ana, y si la guardería es privada pero esta registrada como asociación?? y no como centro infantil.

Mientras tenga número de autorización de la Consejería de educación, es suficiente

Hola me surge una duda que ocurriria en el caso de que aunque haya estado en la guarderia durante 6 meses solo se haya hecho el pago de dos meses.
Y otra cuestion yo en el mes de enero tengo hecho 2 pagos pero no se si es diciembre y enero o enero y febrero que ocurre si presento esos recibos bancario y no corresponde al año?

Es el centro el que declara los datos, y declarará los meses efectivamente cobrados, los que no lo estén, no deberán hacerlo. Bien porque el niño no haya acudido al centro o bien porque esos meses estén en situación de impago.

Hola! Gracias por compartir la información y responder a nuestras preguntas , eso lo primero.
Segundo , sabéis si una ludoteca entra dentro del modelo 233?

Si tiene código de centro autorizado por la Consejería de educación sí, pero normalmente no suelen tenerlo. Pregunta a la gerencia del centro.

Hola, buenas tardes
Mi duda es,
El pago de la guardería lo hace íntegro la empresa de mi marido, pero se lo restan de la nómina no es una ayuda. De los 270€ solo le dan 50€(de los cuales también se le resta el IRPF).
La guardé me dice que no me va hacer el modelo 233 porque recibe todo el importe de la empresa, pero en la página de la agencia Tributaria, el tercer ejemplo que hay, viene que lo que no hay que hacer es restar estás cantidades al coste total, cosa que se contradice con lo que ponen en su articulo.
Yo sí que tengo derecho a los 1200€/año.
¿Tendré derecho a deducirme? Si la guardé no hace el modelo 233,¿que puedo hacer?
Gracias
Maribel

Los datos que priman son los que los centros transmiten a Hacienda. Si el centro no lo hace y el contribuyente lo marca en la renta para cobrarlo (y no tiene derecho), Hacienda realizará una comprobación y estimará oportuno pagarlo al contribuyente en base a si la información es correcta o no según la documentación probatoria que se aporte en el trámite de alegaciones.

Me gustaría saber si mi hija que está en un centro lúdico puede recibir esta ayuda ya que he visto que un centro de verano o de Navidad si está incluido en esta deducción. Gracias si me contestan

Si ese centro está autorizado sí, si no no. Pregúntale a ellos directamente que sabrán decírtelo.

Hola! Mi hijo estuvo escolarizado todo el año 2018 con casl de verano tb, pero yo he trabajado 7 meses y estuve de baja por maternidad de julio a noviembre y en noviembre me quede en el paro.
Sabrias decirme que me tocaria deducir? Gracias

Solamente deducirá los meses completos que haya ido el niño mientras la madre haya estado en activo. El período de baja maternal se asimila al alta, puesto que sigue cotizando.

Yo soy trabajadora en un.centro educatico de menores de 0 a 3 años mi hijo esta en.dicho centro, yo tendría derecho a la.subvencion????

Hola, si pago la guardería en efectivo, necesito factura para justificar la deducción?

Necesitas los recibos de la guarde, o un certificado emitido por ellos con las cantidades pagadas en el año

Como podemos saber si la escoleta que va mi hijo es centro autorizado.gracias

Ellos lo saben, os lo tienen que decir ellos