Cuando estamos cobrando el paro y nos surge la oportunidad de emprender nos solemos preguntar ¿qué pasa con mi paro entonces?, ¿puedo compatibilizarlo con estar dado de alta como autónomo?, ¿lo perderé?.
Hoy vamos a resolver esas dudas, para que sepáis las opciones, con carácter general, que tenéis si, por fin, queréis llevar a cabo vuestro proyecto sin tener miedo a perder la prestación.
Tened en cuenta que todas las opciones tienen requisitos que tendréis que cumplir para poder acceder a ellas, y el que os las concedan o no depende de cada caso concreto, por lo que yo os voy a indicar las opciones generales. Si quieres saber las opciones según tu situación concreta, podemos hacer una sesión de consultoría vía Skype y vemos tu caso particular.
Básicamente tenéis 3 opciones:
Interrumpir el cobro de la prestación y comenzar a cotizar como autónomos
Podemos darnos de alta, solicitando la tarifa plana (si cumplimos los requisitos), y dejar en standby la prestación. Si nos damos de baja como autónomos, antes de 60 meses (5 años), podremos reiniciar el cobro de la prestación que dejamos pendiente en el momento en el que nos dimos de alta, incluso, si hemos cotizado por desempleo mientras hemos estado en el RETA, también podremos disponer de ese paro. Si pasan más de 5 años ya no podremos acceder a él.
Compatibilizar el paro mientras somos autónomos
Podremos cobrar durante 270 días (unos 9 meses) o si nos corresponden menos meses por cobrar, hasta el tope que nos quede, el paro mientras estamos dados de alta como autónomos. Tendremos que solicitarlo máximo a los 15 días siguientes de darnos de alta como autónomos.
Capitalizar el paro que nos quede pendiente
Podremos solicitar la capitalización del paro para solventar los gastos iniciales para constituirnos como autónomo (compra de mobiliario, vehículos, ordenadores, otros dipositivos, etc) e, incluso, para subvencionar las cuotas de autónomo de la tarifa plana. El requisito indispensable es que nos queden, al menos, tres mensualidades por cobrar.
Veamos las opciones según el caso:
*Capitalizar el paro para sufragar las cuotas de autónomo
Si no vas a tener inversión inicial, puedes destinar todo el paro que te quede por cobrar a subvencionar las cuotas de autónomo.
*Capitalizar el paro para adquirir las “herramientas” necesarias para iniciar tu actividad
Si necesitas comprar un ordenador, programas informáticos, crear una web, una tienda online, o, incluso, comprar un coche para desarrollar tu actividad, también podrás destinar el paro que te corresponda a sufragar esos gastos iniciales.
*Capitalizar el paro para ambas opciones
Puedes utilizar tu paro para ambas cosas, parte para adquirir elementos necesarios para tu actividad y, si no “gastas” todo el paro en ello, lo que reste, puedes usarlo para sufragar los recibos de autónomo hasta agotar la prestación.
En cualquiera de las tres modalidades tendrás que presentar una memoria explicativa antes el SEPE de tu proyecto, para justificar la concesión de la capitalización. No suelen poner problemas, pero hay que redactarla correctamente, así que asesórate para no cometer ningún error.
IMPORTANTE: para capitalizar el paro tienes que tener derecho a cobrarlo, es decir, que tu baja en la empresa en la que anteriormente hayas estado trabajando (si es que quieres pedirlo justo después de marcharte) haya sido fruto de un despido, no de tu baja voluntaria en ella, puesto que, en ese caso, no tendrías derecho a la prestación y, por tanto, tampoco a la capitalización.
Como ves, no pierdes el paro que has estado acumulando tanto tiempo trabajando por cuenta ajena.
Así que pierde el miedo a emprender, cuenta con los recursos y el asesoramiento necesario para tomar buenas decisiones, y lánzate!