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En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉
Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.
¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?
Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:
- Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
- Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
- Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.
El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.
Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.
Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?
Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.
Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.
¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?
No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.
¿Cuánto me van a dar de ayuda?
La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).
El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?
Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.
¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?
Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.
¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?
Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.
¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?
Solo se podrá incluir como gasto:
1. Inscripciones y matrículas.
2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)
3. Gastos de comedor.
Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.
Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.
Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.
El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).
No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.
Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.
















Buenas,
Tengo la siguiente consulta, me acaba de llegar una carta de Hacienda revisandome la deducción de los 83,33euros al mes por mi hijo en la guarderia en el año 2018 (cuando comenzó esta deduccion). La guarderia rellenó formulario 233 y aparece en mi borrador los meses que curso pero hacienda dice que no es correcto. ¿puede ser que en la declaración del 2018 yo tuviera que poner en algún sitio el importe de la guarderia ese año? y en el caso que fuera que no lo puse ¿ahora es su revisión puedo solucionarlo o debo ya devolver el dinero y perder esa ayuda del 2018?
Muchas gracias.
Un saludo,
Cuando entras a hacer la renta, en el borrador, te pide que confirmes los meses de guarderia y el importe pagado para volcarlo al borrador. Habría que ver exactamente que ha pasado, porque si te han pedido demostrarlo, quizas es que haya discrepancias entre la guarderia y lo que han declarado a Hacienda, o que quizas no sea centro autorizado, etc. En cualquier caso en la carta te pedirá toda la info a aportar para dar como OK la ayuda en renta por gastos de guardería.
Gracias y llevaremos información que nos dicen.
Btardes Ana. En Andalucía, son las escuelas infantiles (1 año) las que reciben la ayuda. Ahora, en el borrador de hacienda, me aparecen, y se me solicita que informe de esta ayuda. Mi pregunta es si esta ayuda debe considerarse como incremento patrimonial o rendimiento del trabajo, o por el contrario están exentas de tributación alguna. Gracias por tu ayuda.
Esta ayuda de los 1.000€ al año para gastos de guarderia le corresponde cobrarla a la madre trabajadora que cumpla los requisitos, no a los centros. Se indica en el apartado concreto de la declaración para poder percibirla.
Buenas tardes,
Muy interesante la publicación, pero sigo teniendo esta duda;
Soy madre trabajadora y he tenido a mi hija en la guarde durante 11 meses del año 2.022.
Desde Enero hasta Julio la guardería me salía a pagar 111,55€ pero desde Septiembre a Diciembre me subvencionaron el 100% de los gastos tanto de guardería como de comedor.
Mi duda es la siguiente, ¿cuánto me correspondería deducirme en la renta de 2022?
En la casilla tengo la cantidad que ha comunicado la guardería a Hacienda (752,96, que no me cuadran ya que mis gastos cobrados han sido 780,85€ ) y por otro lado tengo ticado los 11 meses que ha estado en la guardería (todos menos Agosto). Creo que el borrador me lo está calculando mal ya que me aparecen como deducidos los 752,96€ en su totalidad y no los 83,33€ x 7 meses = 583,33€ que creo que es lo correcto.
No se si me he explicado bien.
Gracias
Te correspondería la ayuda solamente por los meses que no los hayas tenido subvencionados al 100%, es decir, por lo pagado desde enero a julio. Asi que solo podrás imputar la ayuda por 7 meses (583.31€ de ayuda).
Mi guardería no ha declarado el mes de escuela de verano en el modelo 233 según me indican por no considerarse enseñanza normal. En la normativa no encuentro nada que indique que debe excluirse, solo importa que sea centro infantil autorizado, que al menos el resto del año sí lo es. Sí que dice que es una medida vinculada al ámbito educativo, pero para justificar que solo aplica a centros autorizados, los conceptos entiendo que con asistencia o comedor es suficiente. ¿Alguna idea de cómo convencerlos? En toda la normativa y en todo internet sólo he encontrado este blog que indique claramente que sí entra. ¿Es buena idea incluirlo yo en la declaración del IRPF si tengo el justificante aunque no lo incluya la guardería? ¿A cuanto podría ascender la sanción si lo incluyo y hacienda decide que me equivoco?
Hola Maria, te pego información de Hacienda para que compruebes y les reenvíes para que vean que, aún siendo no lectivo, entra en la ayuda: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-233-decla_____erias-centros-educacion-autorizados_/preguntas-frecuentes-ejemplos.html?faqId=a47b74e5bf5c7610VgnVCM100000dc381e0aRCRD
Muchísimas gracias! El problema es que el mes del escuela de verano fue no lectivo en su totalidad, no sólo en parte. De todas formas se lo comentaré y, si no, lo incluiré por mi cuenta en la renta. Muchísimas gracias otra vez por la gran ayuda que estás prestando en este blog.
Buenas. Mi hija cumplió 3 años justo el 2 de enero del pasado año, con lo cual, aunque yo llevo trabajando igualmente y de manera ininterrumpida todo el año el 2022, ya no tenía la ayuda de madre trabajadora. Eso significa que no me devolverán en la renta lo de la guardería? Gracias de antemano!
Si siguió yendo a la guarde, porque hasta septiembre (entiendo) no entró en el cole de 3 años, la ayuda por gastos de guardería te la darán en renta por los meses que siguiera yendo durante 2022 hasta septiembre que entrase al cole.
Como a muchos, hacienda esta solicitandonos información de la guarderia. En nuestro caso nos piden devolver todo el cheque bebé (casi 800€) por que la guarderia no esta autorizada. Puede una guarderia abrir sin esta autorización, se pueden emprender acciones legales contra la guarderia por este engaño? Con lo que cuesta una plaza en una guarderia, como saber si esta autorizada o no?
No he visto medida más desigual que discrimine tanto a los padres que al final somos los que menos culpa tenemos.
Si, hay guarderías que no son centros autorizados. Antes de incluir la ayuda en renta hay que confirmar esta información.
Buenas tardes,
En Cataluña también esta disponible esta ayuda del cheque guardería?
Muchas gracias
Si claro, esta ayuda es a nivel nacional, se incluye en la renta.
Yo trabajo pero cobro el salario mínimo por lo que no me quitan IRPF , me lo darán igualmente ?
Si, no tiene nada que ver con lo que uno cobre, es una ayuda en renta si se cumplen todos los requisitos (centro autorizado, asistencia por meses completos, estar en activo, etc).
Buenos días
Si mi hijo no entra en la escuela hasta enero, pero de septiembre a diciembre he pagado matrícula y mantenimiento de plaza ¿tengo derecho por esos meses? ¿La escuela lo tiene que declarar en el modelo igualmente?
Gracias
Depende de como la escuela lo declare, si has pagado como una mensualidad normal de septiembre a diciembre, aunque tu hijo no haya ido, y se cumplen el resto de requisitos, entiendo que si que podrias cobrarla, siempre que la escuela lo declare ahora a primeros de año en el modelo 233.
Buenos días:
Os escribo porque en mi caso soy una perjudicada más en el tema de no tener derecho a la ayuda de guardería por tener la guardería licencia municipal y no autonómica como está pasando con muchísimos centros.
Qué se puede hacer al respecto?
No se puede hacer nada, lo único, pero es cosa del centro, solicitar la licencia de centro autorizado, pero es una cuestión ya privada de ellos, que quieran/puedan hacerlo. si quieres disfrutar de esta ayuda, tendrías que cambiar a tus hijos a una autorizada (pero esto también es una cuestión muy personal, claro).
Hola, ¿la deducción por gastos educativos de la comunidad de Madrid es compatible con esta deducción? Muchas gracias
Si, esta ayuda es compatible con las autonómicas, siempre que se cumplan los requisitos, claro.
Buenos días Ana,
Gracias por tu post, ha resultado muy útil. Sin embargo tengo una duda. Mi hijo va a empezar por primera vez la guarderia este año en septiembre. En la guardería me dicen que, aunque vaya solo 4 meses este año, yo me puedo deducir los 1000€, que ellos pasan a Hacienda el gasto anual, no el mensual de lo que vamos a pagar los papás… Esto me parece muy raro porque hasta donde yo entiendo son 83,33€ al mes, no realmente 1000€ al año, pero me gustaría confirmar este punto contigo
Hola Cristina. No es correcto, solo vas a cobrar en renta los meses completos correspondientes que el niño haya ido a la escuela infantil. Si va de sep-dic cobrarás en renta 333.32€, no 1.000€. Si la escuela lo está haciendo así no lo está haciendo correctamente, y si los padres lo están aceptando en renta, en caso de inspección, tendrán que devolverlo, porque no es cierto que el niño haya ido los 12 meses del año.