Mod. 233 Ayuda por gastos de guardería de 1.000 euros

En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉

Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.

¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?

Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:

  1. Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
  2. Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
  3. Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.

El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.

Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.

Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?

Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.

Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.

¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?

No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.

¿Cuánto me van a dar de ayuda?

La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).

El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?

Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.

¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?

Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.

¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?

Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.

¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?

Solo se podrá incluir como gasto:

1. Inscripciones y matrículas.

2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)

3. Gastos de comedor.

Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.

Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.

Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.

El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).

No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.

 

Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.

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Comentarios (369)

Hola Ana:
Exactamente es eso, esta ley es totalmente discriminatoria y lo que busca, creo yo, es perjudicar a los centros no autorizados como Centro infantil. Mi hijo fue a una guardería con licencia municipal, pagué, y no poco, para poder trabajar y no tengo los mismos derechos que otras madres trabajadoras. A mi me parece injusto, cómo podemos reclamar esta injusticia? Somos muchas madres afectadas…

Te doy la razón. Tenían que haberlo puesto para todos los centros.

A día 04/03/2019 no hice todavía la declaración de la renta aún estoy en plazo de presentarlo la guardería donde mi hijo estaba matriculado ya presentó dentro el plazo

La renta se presenta de abril a junio de 2019. Si el centro comunicó tus datos como dices que hizo, en tu renta de 2018 este año te aparecerá la ayuda para cobrarla.

Buenos dias y muchas gracias por la informacion.
Mi guarderia me enseño el CIF de guarderia pero me dicen que no son centro autorizado. De que depende que sean centro autorizado o no?

La autoridad, la Consejería de educación, es la que concede a los centros la autorización. Si no lo es, y siendo injusto como es, no tendréis derecho a la ayuda

Hola buenas mi hija estuvo en la guardería en Parla 2017al 2018 el año entero pero X problemas familiares me tuve que mudar a Madrid al hacer el cambio de domicilio perdí la plaza y tuve que solicitar una nueva p el 2018al 2019 ya esta inscrita pero no va hasta en abril que me dijeron que empezaban las clases p mi hija yo trabajo media jornada tengo derecho a recibir alguna ayuda dnd y que papeles tengo que presentar muchas gracias un saludo

Hola Yrene. Percibirás la ayuda siempre que los centros sean autorizados y por lo meses completos que hayas pagado al centro mientras, efectivamente, estuvieses trabajando

Hola mi duda es q a la guardería q llevamos a mi hija nos acaba de comunicar q no le han dado la autorización por ser una guardería del ayuntamiento de Zaragoza y no del gobierno de Aragón,esto puede ser q se hagan cribas,o simplemente no tienen la licencia.
En el borrador se podría incluir a mano?

No, si el centro al que va tu hijo/a no es autorizado no tienes derecho a la ayuda. Si fuerzas la declaración y lo metes te inspeccionarán y te harán devolver el dinero.

Entonces, soy menos madre trabajadora que deja a su hijo en una guarderia, sólo porque la guarderia no está autorizada?? En toda la zona donde vivo no hay ninguna autorizada. Entonces las que vivimos en ese barrio somos menos madres y menos trabajadoras y con menos derechos que las que tienen la suerte que la guarderia de al lado de su casa es autorizada. Normalmente un papelito. Eso es justo?? Mis 330euros que pagó mensuales son menos gastos que las que lo pagan en una autorizada. Es genial no?? Pues si la ayuda quería ir a las madres a mí me están quitando esa categoría. Creo que habría que protestar todas las afectadas. Todas pagamos impuestos igual.

Estoy de acuerdo contigo, o esas guarderías pedir la autorización de centro autorizado. Pero si, tienes toda la razón del mundo.

hola ana porfa ayudame en esto , mi nina va a una guardi privada todo el dia y todo el ano 2018 pago cada mes 430 PERO a la directora se los doy en efectivo osea no por cuenta ni nada pero esta
registrada en la guardi y todo , mi pregunta si piden las facturas y si pueden hacer investigacion ????

Aunque se lo pagues en efectivo tú estás pagando tu mensualidad, la forma de pago no influye. No te preocupes que si tu centro es autorizado cobrarás en renta tu ayuda si reúnes el resto de los requisitos.

Hola Ana,
Muchas gracias por tu artículo. Pero me siguen quedando dudas. Nuestro caso es para nota
Tenemos 2 hijos. el primero en 2018 estuvo en guarderia hasta julio, el segundo empezó en septiembre.
Por otro lado, mi mujer tenia derecho a la ayuda, pero despues del permiso de maternidad, estuvo unos 5meses de excedencia en la empresa, por lo que le quitaron la ayuda de los 100€ en ese período
Para rematarlo, tenemos compensación flexible en la empresa, pero no recordamos que meses se pagaron de una manera u de otra, o si se fueron compensando con las cantidades sobrantes
Que podriamos y que no podriamos reclamar?
A parte de todo el este lio. Cuando es más conveniente hacer la compensación flexible o esperar a la prestación esta? Mas que nada de cara a 2019 hacerlo de la forma mas beneficiosa para nosotros teniendo acceso a las dos posibilidades
Muchas gracias. Espero haberme explicado

Respecto a 2018 cobrareis la parte correspondiente a la ayuda en los meses en los que efectivamente la madre haya estado trabajando y la guardería la hayáis pagado vosotros. En cualquier otro caso no hay derecho a la ayuda. Respecto a 2019, y tal y como siguen las cosas en el Gobierno, mi consejo personal es que sigáis con la retribución flexible. Si esta ayuda desaparece para 2019 habréis perdido cualquier tipo de deducción en renta.

Buenas tardes Ana. Mi hijo va a una ludoteca y tengo claro que al no ser centro infantil, no puedo pedir la ayuda que nos explicas en tu blog.
Sin embargo, tengo otra duda. De siempre existe la deducción por gastos de guardería para niños de 0 a 3 años, si mi hijo va a una ludoteca (que hace de guardería con comedor y todo) puedo deducirme esos gastos?
Muchas gracias de antemano

Si en tu comunidad autónoma tienes esa deducción autonómica, sí, puedes contar con ella si cumples los requisitos que implica. En Murcia, por ejemplo, la deducción autonómica no discrimina según el tipo de centro, tal como yo interpreto la ley.

Hola Ana, mi hija iva a escuela infantil privada el año pasado. Pagaba cada mes la cuota íntegra 185€ pero luego mi comunidad autónoma me daba una ayuda 75€ por incompatibilidad horaria con las escuelas públicas. Se llama bono concilia. A la hora de hacer la renta tengo que presentar algún documento acreditando esta ayuda? Muchas gracias

Si, las subvenciones han de descontarse de la ayuda a percibir, si el centro ha declarado 185/mes pero tu realmente pagabas la diferencia de esos 185 con los 75 que te daban, deberas de poner eso en la declaración.