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En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉
Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.
¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?
Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:
- Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
- Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
- Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.
El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.
Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.
Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?
Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.
Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.
¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?
No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.
¿Cuánto me van a dar de ayuda?
La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).
El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?
Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.
¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?
Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.
¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?
Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.
¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?
Solo se podrá incluir como gasto:
1. Inscripciones y matrículas.
2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)
3. Gastos de comedor.
Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.
Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.
Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.
El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).
No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.
Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.
















Hola, mi duda es, a mi me dan una ayuda por la Xunta de Galicia , bono concilia para la guardería, entiendo que tengo que descontar la cantidad que me dan con ese bono de la deducción de guardería, pero en que apartado tendría que hacerlo? No veo ningún sitio donde ponerlo en la declaración.
y otra duda, al darme esta nueva ayuda, también puedo rellenar el apartado de deducción por cuidado de hijos menores de 3 años?
gracias de antemano
Puedes contratar con nosotros el servicio de elaboración y presentación de la declaración, así te aseguras de que este correctamente presentada
mi duda es la siguente, la guarderia ha cerrado y mando un wathssap al grupo de madres que yo no lei diciendo si alguna queria este documento, la cuestion al no leerlo me dicen que no han solicitado el de mi hijo pensando que no lo queria y que ahora ya no se puede hacer nada. Eso es asi?? me vale la pena insistir por dos meses que me temdrian que devolver?
Que la guardería no lo haya presentado (y era su obligación declararlo) no te exime a ti de percibir la ayuda. Por lo que incluyelo manualmente en tu renta, los meses que te correspondan, y conserva los justificantes de pago de esos meses, por si Hacienda te pide comprobarlo. Si tienes dudas de como hacerlo puedes contratar el servicio de elaboración y presentación de la declaración y la hacemos por ti
Hola, yo tengo una ludoteca y estoy inscrita en junta de Castilla y León como centro autorizado, rellene sin problemas el modelo 233 y cuál es mi sorpresa ( después de decir a los padres que si estamos autorizados por la junta y que ya rellenamos el modelo 233 de Hacienda) que nos excluyen de la ayuda por estar autorizados como ludoteca y no como guardería….
Podria presentar alguna queja o algo en la alguna administración?
No entiendo que te dejen inscribirte y luego te excluyan….
Hablad con vuestro asesor ya que si consideráis que sois centro autorizado, y una autoridad competente (como indica la normativa) os doy tal autorización, yo presentaría alegaciones y esperaría justificación de Hacienda indicando si esa autorización es válida o no
Buenos días,
si el pago se hace a través de la nómina del padre puedo solicitar la ayuda?
Muchas gracias !
No, ya que se considera retribución en especie, por lo que, pagando al centro de esa forma, no se tiene derecho a la ayuda
Una duda, esto lo ingresarán con la declaración de la renta? o lo ingresarán antes? gracias!!
Se solicita indicandolo a mano en la declaración de la renta que se presenta ahora
Buenas, mi contrato es temporal y solo trabajo algunos días del mes. Tendría derecho a esta ayuda.
Para cobrar la ayuda se ha de tener derecho también a la de madre trabajadora de 100€ y, dicha ayuda, solo la dan si se trabaja un mínimo al mes. Habría que hacer el cálculo de los días trabajados para saber si tienes derecho a ambas ayudas
Yo aún no he activado el cheque guardería de mi empresa. Me lo descontarían de mi nómina. Sólo ventajas para IRPF..creo. Qué me conviene??? Mejor no activarlo y beneficiarme de la bonificación del cheque guardería????
Depende, habría que hacer números reales.
Hola Ana, gracias por tu artículo. Me surge una duda, soy propietario de una guarderia y a mi me dijeron que cuando es la empresa donde trabaja la madre/el padre no es necesario que presente el 233 ¿Es cierto? Yo solo he presentado modelo 233 por los padres/madres que pagan de su bolsillo la guarderia. ¿lo he hecho bien?
Gracias por tu respuesta.
Sí, es correcto
Hola, tengo a una duda respecto a lo último que se ha publicado del cheque guardería. Quería saber si sólo tendrán a derecho a percibir esta ayuda o cheque guardería de 1000€ las escuelas públicas autonómicas y no las municipales ni privadas. En mi caso la guardería es privada adscrita a la region de Murcia. Gracias!
Si cumples el resto de los requisitos (que fueses madre trabajadora durante 2018 y el niño/a haya ido por meses completos al centro), si, no tendrás problema.
Hola, yo pienso que esto no puede ser que hay que buscar la manera de reclamar esta injusticia. Si de verdad lo hacen en base a la conciliación, no deberían discriminar por centros. Es más, hay gente que contrata a personas directamente para el cuidado de sus hijos, también deberían tener este derecho.
Estoy totalmente de acuerdo contigo