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En algunas Comunidades Autónomas ya existe una deducción por gastos de guardería en renta, pero Hacienda tiene una ayuda a nivel estatal, vigente desde la renta de 2018, de 1.000€ para que, ya todas las comunidades, puedan tener este tipo de subvención. ¿Quieres saber si te pertenece cobrarla? Pues sigue leyendo 😉
Desde enero de 2019, todos los centros infantiles que tengan niños menores de 3 años tienen que presentar un modelo informativo (Mod. 233) ante Hacienda para comunicarle los importes que han recibido de las familias en concepto de gastos de guardería. Este modelo lo presentarán en el mes de enero de cada año.
¿Qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a la ayuda por gastos de guardería?
Son varios los requisitos que se han de cumplir para poder cobrar la ayuda estatal:
- Que la madre tenga derecho, a su vez, a la ayuda por madre trabajadora. Por tanto, ha de estar trabajando, bien contratada en una empresa o bien porque sea autónoma o cobrando la prestación por desempleo o cese de actividad.
- Que el pago de la mensualidad sea de cuota completa, es decir, si llevas al niño por horas sueltas al centro, la ayuda no es válida. Solo lo es si pagas la mensualidad completa al centro. Da igual si el niño va solo 4 horas, o 6 u 8 horas, lo que se pretende es subvencionar el coste de que el niño/a vaya al centro de forma continuada, no que vaya únicamente horas sueltas, como si fuera una ludoteca.
- Que el centro tenga algún tipo de autorización. Son centros autorizados los centros infantiles y guarderías que obtengan certificaciones de autoridades competentes (ministerio de educación, asuntos sociales, etc) y lo pueden tener tanto guarderías públicas como privadas.
El centro escolar deberá transmitir la información de cada menor, independientemente de que conozcan la situación o no de la madre, puesto que eso ya se comprobará en la renta individual de cada contribuyente.
Por ello, el centro no ha de esperar que sea la madre la que le comunique si está trabajando o no, sino que tendrá que enviar a Hacienda toda la información de todos los niños, y luego será la madre la que, en su renta, indicará si tiene derecho a cobrar la ayuda o no en base a si cumple los requisitos.
Si lo presenta el Centro, ¿yo tengo que hacer alguna gestión?
Ninguna, porque, como te comentaba, es el centro el que transmite toda la información a Hacienda, para que luego tú veas, en tus datos fiscales, los datos que ellos han comunicado.
Si así lo estimas oportuno, y no es algo que está de más (sobre todo si tienes, además, derecho a alguna ayuda a nivel autonómica), puedes solicitarle al centro un certificado de gastos pagados durante el año (enero a diciembre), por si Hacienda te inspeccionara y quisiera comprobarlo, poder disponer tú de un documento que corrobore que tienes derecho a las ayudas que has marcado en la renta.
¿Puedo pedir la ayuda de gastos de guardería para cobrarla mes a mes?
No existe opción de solicitar el cobro anticipado mensual, como pasa con los 100€ de madre trabajadora, puesto que va a depender de los meses completos que esté el niño matriculado en el centro, por lo que la ayuda se cobrará únicamente en la renta.
¿Cuánto me van a dar de ayuda?
La cuantía de la ayuda es de 1.000 euros anuales. Estos se prorratean por los meses completos que haya ido el niño/a al centro, es decir, si tu hijo/a ha ido los 12 meses, cobrarás 1.000 euros. Si solo ha ido 11 meses, cobrarás el prorrateo (83,33 euros como máximo por cada mes completo).
El pago de la guardería lo hace mi marido, desde su cuenta, ¿tengo derecho a la ayuda?
Sí, se tienen en cuenta los pagos realizados por ambos progenitores, independientemente de cual de los dos los haya hecho será la madre la que tenga derecho a cobrar la ayuda en su renta, aunque los pagos se hayan hecho desde una cuenta a nombre del otro progenitor. Pero ojo si se paga con cheque guardería! en ese caso la ayuda no aplica, o solo por el exceso pagado fuera del cheque guardería.
¿Si mi hijo tiene más de tres años, me la van a dar también?
Sí, se incluyen las mensualidades que se hayan pagado al centro infantil aunque el niño tenga más de tres años, hasta diciembre del año en cuestión, porque es posible que no esté escolarizado aún, hasta que acabe el curso, en un colegio.
¿Están incluidas las escuelas de verano, de Navidad, etc?
Sí. En muchas ocasiones los padres, en los meses de julio, agosto, diciembre, enero, etc… sobre todo en casos de centros privados, solemos llevar a los niños esos meses completos, por cuestiones de trabajo o personales, por lo que esos meses también están incluidos en la ayuda, aunque no sean meses lectivos.
¿Se deducen todos los gastos de la escuela infantil?
Solo se podrá incluir como gasto:
1. Inscripciones y matrículas.
2. Asistencia en horario general y ampliado (mensualidades y escuelas de verano/invierno, etc)
3. Gastos de comedor.
Los gastos de uniformes, materiales, etc, no se incluyen en la declaración, por lo que no serán por tanto tomados en cuenta para la ayuda.
Tampoco se incluyen los importes recibidos por el centro que provengan directamente de las empresas empleadoras de los padres del menor, ni las cantidades subvencionadas (que van en una casilla aparte), por lo que, si tu empresa paga por tí la guardería, no podrás cobrar la ayuda, salvo que esta no la pague en su totalidad. Si tú pones una parte, y la empresa otra, podrás solicitar la ayuda por la parte que tú pagues, de forma proporcional.
Si la familia percibe becas y ayudas, estas se restarán del importe indicado como gasto deducible, por lo que percibirán la parte proporcional que le corresponda de la ayuda.
El año pasado, o en los últimos 4 años, no pedí la ayuda porque se me olvidó (o por error).
No pasa nada, podemos hacer una declaración complementaria de tu renta hasta 4 años después, por lo que no perderás esa ayuda. Ponte en contacto con nosotros en info@consultoriablogger.com si es tu caso.
Os animo a que preguntéis vuestras dudas en comentarios y a que compartáis este post para que, en un lenguaje sencillo, todas las familias comprendan en qué consiste esta ayuda.
















Hola Ana, y en el caso de que durante el 2018 solo se haya trabajado unos meses, y no el año completo, también se tiene derecho a esa retribución?
Un saludo y gracias!
Si en esos meses tenías derecho también a la ayuda de madre trabajadora, es decir, cotizabas más de 100€/mes, si, tendrás derecho.
Hola!! Gracias por la información, me gustaría saber si la ayuda la puede solicitar el padre, y en el caso de que la madre empiece a trabajar en 2019, podria solicitarla ? Muchas gracias .
La ayuda solo es para la madre, puesto que va ligada a tener derecho a la ayuda por madre trabajadora de 100€. Si la madre empieza a trabajar en 2019, y por tanto tuviese derecho a la ayuda anteriormente indicada, tendrá derecho entonces a solicitarla en la renta que se presentará en 2020.
Hola Ana! Mi duda es, si las facturas de la guardería van a nombre del padre, el certificado también lo harían con sus datos o tendría que ir a nombre de la madre para tener derecho a la ayuda? Y teniendo la deducción autonómica por guardería, como es el caso de Murcia, igualmente tendríamos opción a está ayuda?
Muchas gracias! Un abrazo!
Aunque las facturas vayan a nombre del padre, si estáis casados, tendrás derecho a la ayuda, puesto que va ligada a la de los 100€ de madre trabajadora, no habría problema. Y si, es compatible con la que tenemos en Murcia, se sumarían.
Incluye guarderías públicas y privadas? Mil gracias!
Si, incluye todos los centros autorizados como CAI. Las ludotecas, por ejemplo, no suelen tener ese “título” y no entrarían en la ayuda.
Hola! En mi empresa tenemos opción a retribución flexible para las guarderías. Yo la acabo de activar y este mes ha sido el primero. Teniendo esto activo puedo solicitarlo igualmente en la renta 2019 el año que viene? En 2018 estuvo en la guarde todo el año excepto agosto y no tenía activa la retribución flexible, puedo solicitarla en la renta de este año? Muchas gracias!
Para 2019 si estás con retribución flexible no tendrías derecho. En 2018, es decir, en esta renta que se presenta este año, si podrás pedirla.
Me queda otra duda: en la retribución flexible solo entra la cuota mensual de la guardería, podría entonces solicitar la ayuda por los gastos de matrícula y comedor solamente?
Si, claro, si los pagas tú, sí
icresga@gmail.com
Yo pago la guardería con cheque guardería sodexo y percibo una ayuda de la empresa de 60€/mes.
¿En este caso no se tiene derecho a esta ayuda porque los cheques ya son deducibles?
Cuando es la empresa la que paga la guardería por cuenta del trabajador, como retribución en especie para él, no se tiene derecho a la ayuda.
Hola! Mi hijo fue de enero a julio, porque ya en septiembre empezó el cole. Puedo acogerme a la ayuda? Muchas gracias
Si tenías derecho en esos meses también a la ayuda de madre trabajadora si, por esos 7 meses.
Hola!
Mi duda es:
Yo pago la guardería íntegra a travé de un sistema de retribución flexible que tiene mi empresa. Es decir, el abono lo hace la empresa externa pero sale entero el pago de mi nómina. Mi empresa no aporta ningún tipo de ayuda al pago. Entiendo que dado que lo pago yo pero a travé de un tercero, también tengo derecho a esta subvención?
En ese caso no, como se indica en el post, si es la empresa la que paga directamente al centro (aunque se descuente de la nómina) no tiene derecho a la ayuda.
Hola buenas tardes mi duda es mi hija menor de 3 años va a una Ludoteca me han comenyafo que al no estar registrado como centro educativo _guardería no me puedo deducir ese gasto en hacienda. Es correcto. Pues no es centro educativo pero si es por uso de cuidadobde menor de 3 años pues ambos trabajamos fuera de casa. Gracias de antemano
Tienen que ser centros autorizados, si no no se puede pedir la ayuda
Hola Ana.
Mi duda es que yo cumplo estos requisitos, pero no me retienen en la nómina. Entonces no se si tendré deducción. Gracias
No tiene nada que ver con eso. Es una ayuda extra en renta, el requisito es ser madre trabajadora y que el niño vaya meses completos a la guarde.
Ana gracias por la información! Yo solo tengo una duda y es si la ludoteca tb esta dentro de eso y aunque lleve al niño una hora y media? Es que segun me han dicho en la ludoteca que no se catalogan como centro infantil y es lo que me tiene mosca!
No, solo centros infantiles, y que los niños vayan meses completos, si no no dan la ayuda.
Yo tampoco lo entiendo, mi hija de 22 meses va a una ludoteca privada todo el mes porque los horarios de la pública no se ajustan a nuestro trabajo y no lo podemos deducir ? En que se diferencia ? Porque yo me dejo todos los meses 300 euros y no me corresponde nada ?
La ley es así, es solo válido para centros autorizados, según la ley parece ser que las ludotecas no están recogidas.
Hola. Yo quería saber si lo matriculo en noviembre de 2019 si voy a cobrar en la renta esos dos meses de noviembre y diciembre, ya que lo voy a apuntar ahora.
Gracias.
Si, cobrarás por los meses completos que el niño/a vaya al centro (autorizado) y tú estés trabajando.